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NRA (Número de Registro de Alquiler): La Nueva Obligación para Propietarios y Coliving en España

22 de marzo de 2026
5 min de lectura
NRA (Número de Registro de Alquiler): La Nueva Obligación para Propietarios y Coliving en España
## ¿Qué es el NRA y por qué se ha creado?

El **Número de Registro de Alquiler (NRA)**, también conocido como Número de Registro Único de Alquiler (NRUA), es un código alfanumérico oficial asignado por el Colegio de Registradores de España que identifica de forma única cada vivienda o habitación destinada al alquiler de corta duración.

Esta normativa nace para transponer a la legislación española el **Reglamento (UE) 2024/1028** del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024. El Real Decreto 1312/2024, publicado en el BOE el 24 de diciembre de 2024, regula su aplicación en España.

Los objetivos de esta regulación son claros: combatir la economía sumergida en el alquiler vacacional y de temporada, garantizar transparencia en el sector y proporcionar datos fiables a las administraciones sobre el mercado del alquiler.

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## ¿Quién tiene que registrarse?

Deben obtener el NRA todos los propietarios o gestores que cumplan alguna de estas condiciones:

- Alquilan su propiedad por menos de 12 meses (por días, semanas o meses)
- Ofrecen alquileres turísticos (estancias de corta duración para turismo, menos de 31 días)
- Ofrecen alquileres de temporada para estudiantes, trabajadores temporales u otros colectivos (hasta 11 meses)
- Publican la propiedad en plataformas digitales transaccionales como Airbnb, Booking.com, Spotahome, Idealista u otras

No están obligados los propietarios con contratos de arrendamiento de más de 12 meses (alquiler habitual de larga duración).

### El coliving y el alquiler por habitaciones también están incluidos

La normativa aplica tanto a viviendas completas como a habitaciones individuales. Si alquilas habitaciones de forma independiente a través de plataformas digitales, estás incluido en la obligación. Las empresas de coliving y los gestores de pisos compartidos deben cumplir con el registro de forma obligatoria.

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## Plazos clave que debes conocer

- **2 de enero de 2025** — Apertura de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos. Desde esta fecha ya es posible solicitar el NRA.
- **1 de julio de 2025** — El NRA pasa a ser obligatorio. Las plataformas deben retirar en 48 horas cualquier anuncio que no incluya el NRA.
- **Febrero de 2026** — Primera declaración informativa anual obligatoria con los datos de actividad de 2025.
- **Cada febrero** — Declaración anual recurrente con los datos del año anterior.

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## Cómo registrarse

El trámite se realiza completamente por internet a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores en **sede.registradores.org**. Es necesario contar con certificado digital o DNI electrónico.

La documentación que necesitarás incluye:

- Datos personales del arrendador o titular
- Código Registral Único (CRU) de la finca o Nota Simple Registral
- Referencia catastral de la vivienda
- Escritura o contrato de propiedad
- Certificado de eficiencia energética
- Licencia turística autonómica (si aplica en tu comunidad autónoma)

Una vez completado el trámite, recibirás el NRA provisional en pocas horas y el definitivo en un plazo de 24 a 72 horas hábiles. Ese código debe incluirse de forma visible en todos tus anuncios en plataformas digitales.

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## ¿Qué pasa si no te registras?

Las sanciones son graduales y pueden ser muy elevadas.

Para propietarios:

- Infracciones leves: entre 300 € y 3.000 € (datos incompletos o falta puntual de NRA)
- Infracciones graves: entre 3.000 € y 30.000 € (alquiler sin registro o falsificación documental)
- Infracciones muy graves: más de 60.000 € en comunidades autónomas con regulación estricta como Baleares, Cataluña o Canarias

Publicar un anuncio sin NRA o con un número falso se considera automáticamente una infracción grave.

Para plataformas digitales:

Las plataformas como Airbnb o Booking están obligadas a retirar cualquier anuncio sin NRA en un plazo de 48 horas y pueden recibir sanciones de hasta 500.000 € por incumplimiento.

Además, si no presentas la declaración anual obligatoria cada febrero, tu NRA puede ser revocado, lo que te impide recibir nuevas reservas en cualquier plataforma digital.

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## Cómo Tripath ya se adapta a esta normativa

En Tripath llevamos tiempo trabajando para que nuestra operativa cumpla con todas las obligaciones legales que afectan al coliving y al alquiler por habitaciones en España.

Nuestro modelo de gestión está diseñado para garantizar total transparencia documental en todas las propiedades de nuestra cartera. Acompañamos a los propietarios en el proceso de obtención del NRA y nos aseguramos de que todos los anuncios de nuestras habitaciones incluyan el número de registro correspondiente antes del 1 de julio de 2025.

Si eres propietario o tienes un piso que te gustaría incorporar a Tripath, podemos orientarte en todo el proceso de registro y gestión. Nos encargamos de la burocracia para que tú solo tengas que preocuparte de obtener rentabilidad de tu inmueble.

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## Preguntas frecuentes

**¿El NRA sustituye a la licencia turística autonómica?**

No. El NRA y la licencia turística autonómica son complementarios. Si tu vivienda ya tiene número de registro autonómico (VUT en Madrid, VFT en Andalucía, etc.), sigue siendo necesario obtener también el NRA estatal.

**¿Cuánto cuesta obtener el NRA?**

El trámite oficial a través del portal del Colegio de Registradores tiene un coste aproximado de 27 € por solicitud.

**¿El NRA tiene fecha de caducidad?**

El NRA no caduca, pero debe actualizarse si cambian datos relevantes como el titular, la capacidad o el tipo de uso.

**¿Debo presentar la declaración anual aunque no haya habido actividad de alquiler?**

Sí. Si obtuviste el NRA pero no alquilaste la propiedad durante el año, debes presentar igualmente la declaración anual indicando que no hubo actividad.

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¿Tienes dudas sobre cómo afecta el NRA a tu propiedad? En Tripath te ayudamos a entender la normativa y a gestionarla sin complicaciones.
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